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LA FIRMA DIGITAL
Cada vez son más las administraciones públicas que permiten realizar un mayor número de trámites a través de internet, si el usuario dispone de “firma digital”.
Pero, ¿Qué es la firma digital? Según la Wikipedia, es un método criptográfico que asocia la identidad de una persona o de un equipo informático a un mensaje o documento. En función del tipo de firma, puede, además, asegurar la integridad del documento o mensaje.
La firma digital puede expedirse para una persona física o para una persona jurídica, en este último caso es para los representantes legales de la misma, en función de los poderes de representación que dispongan.
La firma digital o certificación digital la emiten las Autoridades de Certificación (AC) directamente, o auxiliándose en Autoridades de Registro de Certificados Digitales, que se encargan de compro-bar la identidad de la persona física o jurídica a la que se le expedirá el certificado digital.
Es la AC la que se encarga de compro-bar la validez de los certificados cada vez que se utilizan y de revocar los que están caducados.
Como hemos dicho anteriormente con la firma digital cada vez se pueden realizar más gestiones ante las administraciones y organismos públicos desde nuestra propia casa. En la actualidad se puede acceder a prácticamente a todos los Ministerios, Comunidades Autónomas o Ayuntamientos importantes, así como a la Seguridad Social, Agencia Tributaria, y un larguísimo etcétera, que va creciendo día a día.
Además han ido apareciendo otro tipo de actuaciones en las que es imprescindible disponer de este tipo de certificado para poder acceder a las mismas. Un ejemplo claro se produjo el año pasado con la puesta en marcha del REA (Registro de Empresas Acreditadas) del sector de la construcción. Para proceder a la inscripción de una empresa en el REA esta debe contar con un Certificado Digital válido.
Igual sucede cuando una empresa quiere gestionar su crédito de formación ante la Fundación Tripartita: sin el certificado digital no es posible.
También es necesario para la e-factura, o factura digital, que tantas ventajas su-pone, ya que estas pueden enviarse a los clientes y recibirlas de los proveedores en soporte digital, procediendo también a su archivo de esta manera. Se elimina el papel, su manipulación, los sellos, los sobres, y se gana en espacio.
El siguiente paso es el archivo documental. Poder digitalizarlo, de forma que se garantice la autenticidad del mismo, significará un nuevo ahorro de espacio y tiempo a la hora de guardar y buscar documentos, tanto de los ya existentes como los nuevos que se van generando. Para ello se han propuesto unas ayudas estatales, a través del Plan Avanza, que en su día os dimos a conocer desde el Colegio.
En breve estará operativo el nuevo Plan de Labores de Cataluña. Según las informaciones que nos han llegado este deberá presentarse únicamente en formato digital y, naturalmente, como cualquier otro proyecto, deberá estar firmado por el Ingeniero Técnico Director Facultativo y a su vez visado por el Colegio.
Esto solo es posible si se dispone de Certificado Digital.
Hace ya varios años que nuestro Colegio, el primero de toda España, dispone del servicio de visado digital, que ha esta-do funcionando sin firma digital. A fin de adaptarnos a las nuevas necesidades, el año pasado iniciamos las modificaciones del sistema de visado para que admitiera la doble firma digital de los documentos: la del colegiado y la del Colegio. El nuevo sistema ya está a punto y probablemente cuando estéis leyendo esta editorial ya estará operativo en la nueva página web del Colegio.
Además, el Colegio ha sido reconocido como Autoridad de Registro de Certifica-dos Digitales, lo que nos permite ofrecer este servicio a todos nuestros colegiados y a la sociedad en general, desde las oficinas de Barcelona y las Delegaciones.
Una vez más hemos sido pioneros en la puesta en práctica de los sistemas tecnológicos más avanzados, para ofrecer a nuestros colegiados, al sector minero y a la sociedad en general los mejores servicios posibles.